NOTARÍA MIGUEL DE PARAMO ARGÜELLES
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¿Qué es la Jura de Nacionalidad?

¿Qué es la Jura de Nacionalidad?

Es el último trámite que debe realizar una persona extranjera para conseguir la nacionalidad española, se lleva a cabo una vez concedida la nacionalidad española, en el plazo de 180 días desde que se produce la notificación de la concesión.

¿Es sencillo Jurar la Nacionalidad ante notario?

Se trata de un acto muy sencillo en el que el interesado  jura o promete, ante el notario, guardar fidelidad al Rey y obediencia  la Constitución española y las demás leyes del ordenamiento jurídico español.

¿Juramento o promesa de Nacionalidad?

Por lo que se refiere a la forma, la elección entre jura o promesa quedará a elección del compareciente, el juramento tiene unas connotaciones religiosas, mientras que la promesa tiene un planteamiento laico.

Además de este juramento o promesa de nacionalidad, el compareciente deberá declarar su renuncia o no a su nacionalidad de origen (en caso de que ello sea posible), así como la elección de su vecindad civil.

¿He de renunciar a mi nacionalidad para adquirir la española?

Sí, siempre y cuando su país no tenga convenio de doble nacionalidad con España, en cuyo caso no será necesaria dicha renuncia. En la web del Ministerio  de Justicia podrá Ud. verificar qué países tienen dicho convenido con España.

Tienen convenio y por lo tanto no tendrán que renunciar los ciudadanos de: países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. A estos efectos se consideran países iberoamericanos aquéllos en los que el español o el portugués sea una de las lenguas oficiales.

Haití, Jamaica, Trinidad y Tobago y Guyana no se consideran países  iberoamericanos mientras que Puerto Rico sí que tiene dicha consideración.